CONSEJOS

ENTORNO LEGAL Y RECOMENDACIONES MICHELIN

En la actualidad no existe ninguna Norma, Reglamento o Directiva en relación a la caducidad de los neumáticos (límite entre fecha de fabricación, fecha de montaje y de sustitución).
Sólo existen unas recomendaciones del organismo de normalización E.T.R.T.O. (European Tyre and Rim Technical Organisation) a las cuales Michelin se adhiere.

Estas recomendaciones se aplican a los neumáticos de turismo, 4×4 y camioneta.
Después de 5 años, como máximo de utilización, los neumáticos deberán ser inspeccionados por un especialista por lo menos una vea al año (5 años = tiempo transcurrido a partir de la fecha de primera utilización).
Esta inspección no debe en ningún caso sustituir las verificaciones periódicas de mantenimiento como son: la vigilancia de la presión de inflado y el estado general del neumático (nivel de desgaste, deformaciones…)
Por precaución, si los neumáticos no han sido reemplazos dentro de un plazo de 10 años a partir de su fecha de fabricación (fecha anotada en el flanco), se recomienda la sustitución por unos nuevos, aunque el nivel de desgaste no haya alcanzado el limite mínimo legal permitido de 1,6 mm.
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